(Prensa Insopesca – 15/02/2025).- Cumpliendo con las normas de ordenamiento pesquero, finaliza en la Zona sur del estado Nueva Esparta, Isla Los Frailes y zona nororiental del estado Sucre la veda del molusco ostra perla, señalada en la resolución MPC-INAPESCA N° 009 de fecha 18 de junio de 2002.
Publicada en Gaceta Oficial N° 37.503 de fecha 12 de agosto de 2002, establece regulación para la conservación, comercialización y captura de dicha especie.
Para el empleo de la actividad de los productores del mar se debe utilizar la rastra manual o buceo para su extracción, de esta manera se conserva el hábitat natural y su ecosistema.
Asimismo, las embarcaciones destinadas a la actividad pesquera del molusco ostra perla deberán tener una eslora máxima de ocho metros.
De igual manera, se prohíbe el trasbordo del producto de una embarcación a otra.
La talla mínima permitida por concha debe ser de cinco centímetros de largo.
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