(Prensa Insopesca – 28/02/2026).- El Ministerio del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (MPPPA), a través del Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (INSOPESCA), informa a los pescadores, pescadoras y al pueblo venezolano que hoy culmina oficialmente el período de veda de la Ostra Mangle (Crassostrea rhizophorae) en todo el territorio nacional.
A partir del 01 de marzo, se autoriza nuevamente la extracción de este recurso, cumpliendo con las estrictas normativas establecidas en la Resolución MAC DM Nº 40, de fecha 17 de marzo de 1995, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 4.886 Extraordinaria de fecha 10 de abril de 1995.
Lineamientos para una Pesca Responsable
Para garantizar la sostenibilidad de la especie y la protección de su ecosistema, la actividad queda sujeta a las siguientes condiciones:
Talla Mínima de Captura: Solo se permite la extracción de ejemplares con una longitud total mínima de 6 cm. Aquellas ostras que no alcancen esta medida deben permanecer en su hábitat para garantizar su crecimiento.
Método de Extracción: La recolección debe realizarse de forma exclusivamente manual, evitando daños a las raíces de los manglares.
Permisología Especial: Al ser una especie declarada bajo norma especial, toda persona natural o jurídica requiere de un permiso expedido por el INSOPESCA. Asimismo, la instalación de viveros o sistemas de captación de semillas requiere autorización previa de la institución.
Áreas ABRAE: En las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial donde se permita la pesca artesanal, la captura deberá ajustarse rigurosamente al Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso (PORU) de cada zona específica.
Llamado a la Conciencia Ecológica
INSOPESCA hace un llamado urgente a los consejos de pescadores y comunidades costeras a evitar la sobreexplotación de este molusco. El respeto a los periodos de reproducción (de septiembre a febrero) es vital para la supervivencia de la especie.
La Ostra Mangle depende directamente de la salud de los manglares; por ello, proteger las raíces y el agua de estos ecosistemas es asegurar el alimento y el sustento de las generaciones futuras. La justicia social para el pescador solo es posible a través de la soberanía ambiental.
INSOPESCA/OIRPI/YH