INSOPESCA informa el periodo de veda del Cangrejo Azul en el occidente del país

(Prensa Insopesca – 15/10/2026).- Con el compromiso de garantizar el ordenamiento pesquero y respaldar la labor de los hombres y mujeres del mar, el Ministerio del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (MPPPA), a través del Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (INSOPESCA), recuerda a los pescadores y a la colectividad las disposiciones que rigen el aprovechamiento del Cangrejo Azul (Callinectes sapidus).

Esta medida se encuentra amparada por la Medida Cautelar Sustitutiva dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de octubre de 2014, la cual establece formalmente que el período de veda para la pesca del Cangrejo Azul se extiende desde el quince (15) de agosto hasta el quince (15) de octubre de cada año, ambas fechas inclusive, manteniéndose activo este lapso de protección biológica.

Lineamientos Técnicos y Normativa de Captura

Durante la zafra autorizada fuera de este período de veda, la normativa contempla estrictos parámetros técnicos orientados a la sustentabilidad:

  • Ámbito de Aplicación: Lago de Maracaibo y Golfo de Venezuela.
  • Talla Mínima: Se establece un ancho de carapacho (AC) mínimo de 8 cm, sin incluir las espinas laterales.
  • Artes de Pesca Permitidas: Un cupo máximo de 100 nasas y 1 palangre con una longitud de hasta 400 metros, el cual puede contener un máximo de 400 anzuelos.
  • Horario de Faena: Se permite la captura de la especie únicamente en el horario comprendido entre las 5:00 a.m. y las 6:00 p.m.

Consideraciones Especiales y Zonas Restringidas

La normativa establece prohibiciones estrictas para salvaguardar áreas ecológicas sensibles y proteger la biomasa reproductora:

  1. Zonas de Prohibición Total de Captura:

Zona A: Área comprendida al norte del Puente sobre el Lago de Maracaibo «General Rafael Urdaneta» hasta «Caño Sagua» (municipio Páez del estado Zulia), y al norte del puente hasta la desembocadura del río «Maticora» (municipio Mene Mauroa del estado Falcón).

Zona B: Todo el territorio que comprende el Parque Nacional «Ciénaga de Juan Manuel», conforme a la delimitación de las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE).

  • Protección Absoluta: Se prohíbe de manera terminante la captura de hembras ovadas, sin importar si su talla se encuentra por debajo o por encima de la medida estipulada.

Dato de Interés: El Depredador Acrobático del Lago

El Cangrejo Azul (Callinectes sapidus), cuyo nombre científico se traduce literalmente como «nativo hermoso y sabroso», es un crustáceo extraordinario. Posee un par de extremidades traseras adaptadas en forma de paletas que le permiten nadar con gran velocidad y agilidad lateralmente en la columna de agua, algo poco común en otros cangrejos. Además, cumple un rol ecológico fundamental como bioindicador de la salud estuarina y como eslabón clave en la cadena trófica del sistema lacustre occidental.

Compromiso Institucional

El Gobierno Nacional, a través del INSOPESCA, reitera que el cumplimiento riguroso de estas normativas es la vía idónea para consolidar la Justicia Social para el Pescador y garantizar que la riqueza biológica de la Venezuela Azul siga siendo el motor de sustento para las comunidades costeras.

INSOPESCA/OIRPI/YH      

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