INSOPESCA Inicia Veda en la Zona B del Río Orinoco para Garantizar la Sustentabilidad del Recurso Pesquero Fluvial

(Prensa Insopesca – 04/05/2026).- Enmarcados en la política de protección de nuestra biodiversidad y el impulso de la Venezuela Azul, el Ministerio del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (MPPPA), a través del Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (INSOPESCA), informa el inicio oficial del periodo de veda para la pesca comercial artesanal en la Zona B del río Orinoco.

Esta medida, fundamental para el descanso biológico de las especies que habitan nuestra principal arteria fluvial, se fundamenta en la Resolución INAPESCA N° 002, de fecha 11 de junio de 2002, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.472, de fecha 26 de junio de 2002.

Ámbito Geográfico y Cronograma

La Zona B comprende el área ubicada desde la población de Puerto Ayacucho (estado Amazonas), aguas abajo, hasta el sector Las Bonitas (estado Bolívar). El periodo de veda se establece desde este 01 de mayo hasta el 31 de julio de cada año, ambos inclusive, tiempo en el cual queda restringida la actividad de pesca comercial artesanal.

Es importante destacar que esta regulación alcanza a los estados que integran el eje ribereño: Amazonas, Anzoátegui, Bolívar, Guárico, Monagas y Delta Amacuro. Asimismo, se recuerda que la actividad pesquera está estrictamente prohibida en aquellas áreas del río Orinoco declaradas bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE).

Bajo la premisa «Justicia Social para el Pescador, Soberanía para el Pueblo», el MPPPA hace un llamado a los Consejos de Pescadores y Pescadoras (CONPPA) a respetar estos ciclos naturales. La veda no es una limitación, sino una inversión en el futuro: permitir que los peces se reproduzcan hoy garantiza las redes llenas el día de mañana.

INSOPESCA/OIRPI/YH

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