
(Prensa Insopesca – 01/10/2025).- El Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (INSOPESCA) informa al sector pesquero nacional que ha culminado el período de veda para la captura de langosta, permitiendo la reapertura de las actividades extractivas a partir de hoy, 01 de octubre. Esta medida aplica para las especies Langosta Espinosa (Panulirus argus), Langosta Enana (Panulirus guttatus) y Langosta Verde (Panulirus laevicauda) en todo el Territorio Nacional.
La regulación se rige por la Resolución DM Nº 115, de fecha 21 de octubre de 2013, publicada en la Gaceta Oficial Nº 40.279, de fecha 24 de octubre de 2013. Dicha normativa estableció el período de veda anual desde el 01 de febrero hasta el 30 de septiembre, con el fin de proteger el ciclo reproductivo de estas valiosas especies.
Requisitos y Especificaciones Técnicas Obligatorias
INSOPESCA exhorta a los pescadores a cumplir estrictamente con la normativa legal y las especificaciones técnicas para garantizar la sostenibilidad del recurso:
- Permiso Especial: Toda persona natural o jurídica que se dedique a la pesca de langostas requiere obligatoriamente un permiso de pesca comercial para Especie Bajo Norma Especial expedido por INSOPESCA.
- Tallas de Captura (Longitud de Cola – LC):
- Langosta Espinosa (Panulirus argus): Solo se permite la captura de ejemplares con una talla entre 11 cm y 16 cm de LC (Longitud de Cola).
- Langosta Enana y Langosta Verde: Solo se permite la captura de ejemplares con una talla mínima de 7 cm de LC.
- Artes de Pesca Permitidos: La captura solo está autorizada mediante el uso de nasas langosteras tipo Antillano y el buceo a pulmón libre con el acompañamiento de aparejos como salabardos o lazos.
- Conservación: Se mantiene la prohibición absoluta de capturar hembras ovadas (con huevos).
La langosta, conocida por ser un recurso de alto valor económico, exige una pesca responsable y selectiva. El acatamiento de estas normas es clave para la continuidad de la zafra y la protección de los ecosistemas marinos del país.
